LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS LEY Nº 28094

En su Artículo 2º, entre otros fines y objetivos corresponde que los partidos políticos contribuyan con la gobernabilidad del país. Es preciso indicar que, dada la coyuntura, las acciones congresales deberían conducirse a ese fin sin embargo vemos lo contrario. 

En este contexto, la gobernabilidad no sólo debe darse a priori de cualquier contienda electoral sino también a posteriori de la misma y justamente la gobernanza implica tolerancia de disensiones, pero no de transgresiones, sin embargo, como actitud principista en ejercicio debe constituirse la capacidad de enarbolar el bien común;

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