LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS LEY Nº 28094
En su Artículo 2º, entre otros fines y objetivos corresponde
que los partidos políticos contribuyan con la
gobernabilidad del país. Es preciso indicar que, dada la coyuntura, las acciones
congresales deberían conducirse a ese fin sin embargo vemos lo contrario.
En este contexto, la
gobernabilidad no sólo debe darse a priori de cualquier contienda electoral
sino también a posteriori de la misma y justamente la gobernanza implica
tolerancia de disensiones, pero no de transgresiones, sin embargo, como actitud
principista en ejercicio debe constituirse la capacidad de enarbolar el bien común;
Comentarios
Publicar un comentario